QUE ES EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR).

 


“IMPUESTO SOBRE LA RENTA”

¿QUE ES EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA?

GENERALIDADES DEL ISR

En Guatemala es un impuesto al cual están sujetas todas las personas individuales o jurídicas y entes o patrimonios, ya sean estos nacionales o extranjeros, residentes en el interior del país o no.

Para hacer efectivo el cobro de los impuestos sobre todas las ganancias sujetas al ISR en Guatemala mediante El Decreto 26-92, el Congreso de la República de Guatemala, creó La Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), la cual fue actualizada mediante el "Decreto No. 10-2012 Ley de Actualización Tributaria" en la cual dicha sufre algunos cambios en su estructura.

En la Ley del ISR está normado quienes están sujetos al Impuesto Sobre la Renta. Asimismo, las personas y las entidades que están exentas a dicho Impuesto. 

Las personas individuales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o no en Guatemala, toda vez que tengan negocios, compañías de toda índole, fabricas e industrias. Dicho impuesto también se le retiene a los empleados de acuerdo a las normas salariales en Guatemala.

Para el pago del Impuesto Sobre la Renta, se dividen en tres categorías de acuerdo a su procedencia. 

1. Las rentas de las actividades lucrativas. 
2. Las rentas del trabajo.
3. Las rentas del capital y las ganancias de capital.

Entre las entidades exentas de referido impuesto se pueden mencionar las universidades, los organismos de estados, las municipalidades, centros educativos, herencias, legados y Donaciones por causa de muerte.

Los hechos generadores de ISR son: la producción, venta y comercialización de bienes en Guatemala, la exportación, el servicio de transporte de carga y de personas, los servicios de asesoramiento jurídico, técnico, financiero, administrativo o de otra índole, la producción, distribución, arrendamiento, intermediación y cualquier forma de negociación en el país, arrendamiento de películas cinematográficas, cintas de video, radionovelas, discos fonográficos, grabaciones musicales y auditivas, tiras de historietas, fotonovelas y cualquier otro medio similar de proyección, transmisión o difusión de imágenes o sonidos, incluyendo las provenientes de transmisiones televisivas por cable o satélite y multimedia, los subsidios pagados por parte de entes públicos o privados a favor de contribuyentes residentes, las dietas, comisiones, viáticos, gastos de representación, gratificaciones u otras remuneraciones obtenidas por miembros de directorios, consejos de administración, concejos municipales y otros consejos u órganos directivos o consultivos de entidades públicas o privadas, que paguen o acrediten personas o entidades, con o sin personalidad jurídica residentes en el país, independientemente de donde actúen o se reúnan, los espectáculos públicos y de actuación en Guatemala, de artistas y deportistas y de cualquier otra actividad relacionada con dicha actuación, aún cuando se perciba por persona distinta del organizador del espectáculo, del artista o deportista o deriven indirectamente de esta actuación, los servicios de comunicaciones de cualquier naturaleza y por cualquier medio entre Guatemala y otros países, incluyendo las telecomunicaciones, los honorarios que se perciban por el ejercicio de profesiones, oficios y artes sin relación de dependencia.

“RÉGIMEN SOBRE UTILIDADES DE ACTIVIDADES LUCRATIVAS”



Son todas las rentas generadas dentro del territorio nacional tenga o no establecimiento permanente en Guatemala, para lo cual se calcula la Renta imponible. De la Renta Imponible se hacen los cálculos para determinar el monto del Impuesto a pagar.

 

Forma de Calcular la renta Imponible.

Renta Bruta – Rentas exentas – Costos y gastos totales + Costos y gastos no deducibles + Costos gastos y rentas exentas = Renta Imponible a la cual se le deberá calcular el 25%.

En este régimen las facturas deben contener el texto "Sujeto a Pagos Trimestrales" y el contribuyente paga el 25% sobre las rentas brutas.

Para calcular el ISR en este régimen a la renta imponible se le calcula el 8%, de las ganancias o rentas brutas trimestralmente y al resultado se le calcula el 25% y este último resultado sería lo que el contribuyente debería de pagar trimestralmente a través del formulario SAT-1361, debiendo determinar el ISR anualmente a través del formulario SAT-1411.

 “LAS RENTAS DEL TRABAJO” 


Son todos los ingresos que reciben los empleados por desempeñar en cualquier área laboral, en relación de dependencia ante cualquier otra persona o alguna empresa o institución.

Para calcular el impuesto sobre las rentas del trabajo la Ley del ISR regula los siguientes porcentajes y procesos.

Renta Imponible

 

Importe Fijo

Porcentaje para calcular el ISR, según lo establecido en el Decreto No. 10-2012

 De Q 0.01 a Q 300,000.00

 

Q                    -  

5 % sobre la renta imponible

 De Q 300,000.01 en adelante

 

Q    15,000.00

7 % sobre el excedente de

 Q 300,000.00

El hecho generador del Impuesto Sobre la Renta.

Sueldos, salarios, horas extras, bonificaciones, diferidos, comisiones, viáticos, gastos de representación y gratificaciones.

 

Renta Bruta

Es la suma de todos los ingresos de los empleados.

Sueldo mensual
Bono 14
Aguinaldo
Bonificación e incentivos

¿Cómo calcular la Renta Bruta?

 Ejemplo en base a un sueldo de Q 7,600.00

 

Detalle de Ingreso

 Cantidad

Cantidad de meses

 Total

Sueldo

 Q                    7,600.00

12

 Q    91,200.00

 Bonificación e Incentivo

 Q                       250.00

12

 Q      3,000.00

Bono 14

 

 

 Q      7,600.00

Aguinaldo

 

 

 Q      7,600.00

Renta Bruta

 

 

   

Q 109,400.00

 

Rentas exentas del ISR

Bono 14
Aguinaldo
Indemnización del IGSS
Indemnización por seguros o sentencia
Indemnización de los patronos a sus empleados cuando se termina la relación laboral.
Pensiones por muerte de algún familiar
Viáticos y gastos de representación.

 Renta Neta

 ¿Como calcular la Renta Neta?

Renta Bruta

 

 Q             109,400.00

Bono 14

 Q                    7,600.00

 

Aguinaldo

 Q                    7,600.00

 Q               15,200.00

Renta Neta

 

 Q               94,200.00

 

Deducciones establecidas en la Ley del ISR

Gastos personales

 Q         48,000.00

Cuotas por contribuciones al IGSS

 De acuerdo al Salario

Cuotas por contribuciones al IPM

 De acuerdo al Salario

Cuotas por contribuciones al Estado por sus regímenes de previsión social.

 De acuerdo al Salario

 

Renta Imponible

La renta imponible es el resultado de la renta neta menos los gastos personales y las contribuciones.

¿Cómo calcular la renta imponible?

Renta Neta

 

 Q 94,200.00

Gastos Personales

 Q    48,000.00

 

IGSS calculado sobre el sueldo anual Q 91,200.00 al 4.83%

 Q      4,404.96

 

Aporte por jubilación al Estado (Montepío) calculado al 13% sobre el sueldo anual

 Q    11,856.00

Q 64,260.96

Renta Imponible

 

Q 29,939.04

 

Para determinar el impuesto sobre la en base a los ejemplos anteriores, a la renta imponible se le calcula el 5% y el resultado sería el monto que el empleado debería de pagar como impuesto sobre la renta.

 

Renta Imponible

Porcentaje para Calcular el ISR

ISR a Pagar

Q                       29,939.04

5%

Q   1,496.95

 

La Ley del ISR establece que cuando la renta imponible dé Q 0.01 a Q 300,000.00 se le aplicará un 5 % para determinar el monto a pagar como impuesto y no se le aplicará un importe fijo, pero cuando la renta imponible sobrepasa los                             Q 300,000.00 se le aplicará un importe fijo de Q 15,000.00 y al excedente se le aplicará un 7% para calcular el impuesto a pagar. 

Ejemplo cuando la Renta Imponible sobre pasa los Q 300,000.00

Renta Imponible

Importe Fijo

Porcentaje del excedente

 Q            400,000.00

 Q 15,000.00

7%


En este caso tenemos un excedente de Q 100,000.00, al cual se le calcula el 7% establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

 Q 100,000.00 X 7% = Q 7,000.00

 

Q    15,000.00

Importe Fijo

Q      7,000.00

Del cálculo al 7% aplicado al excedente

Q    22,000.00

Total, de ISR a Pagar

 


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